CUMPLIMIENTO NORMATIVO
Código de Conducta Comercial Grupo KRAIBURG- Febrero 2024
NOTA PRELIMINAR DE LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA
El Grupo KRAIBURG (en lo sucesivo denominado „KRAIBURG“) realiza sus negocios en todo el mundo de acuerdo con las disposiciones legales y las regulaciones impuestas por las autoridades para asegurar el éxito empresarial de manera sostenible y a largo plazo. Cada una de las empleadas y cada uno de los empleados1 debe acatar las disposiciones legales vigentes del orden jurídico en cuyo marco se desarrolla su actividad. El incumplimiento de la ley debe ser evitado bajo cualquier circunstancia. Por otra parte, todo el personal de KRAIBURG se compromete a actuar siempre sobre la base de las normas éticas más elevadas y a tratar a terceros con respeto e integridad.
Con sus directrices internas para el cumplimiento normativo, KRAIBURG establece en su seno normas obligatorias, que son válidas para todos los empleados en el mundo entero y que apuntan a ayudar a la empresa a afrontar los retos jurídicos durante el trabajo cotidiano. También se encuentra disponible la versión de estas directrices en alemán, en inglés y en chino. Se espera que cada empleado lea con atención las directrices y aplique escrupulosamente las pautas de comportamiento que allí se mencionan. KRAIBURG no tolera ningún incumplimiento de la ley. El incumplimiento de las leyes o de otras disposiciones obligatorias puede tener graves consecuencias para el personal implicado, tanto en forma de acciones disciplinarias dentro del ámbito laboral como en materia penal.
La Dirección de la Empresa y todos los miembros del personal ejecutivo de KRAIBURG reconocen su responsabilidad particular como modelo para los empleados. El personal directivo adoptará medidas para instruir de manera adecuada a todos los empleados y optimizar el apoyo para la observancia de las leyes. Los empleados de KRAIBURG sometidos a tareas delicadas desde el punto de vista jurídico estarán acompañados y apoyados en su trabajo cotidiano mediante cursos regulares de capacitación orientados al cumplimiento normativo. Se espera que dichos empleados participen en los respectivos cursos ofrecidos.
Las directrices no pueden abarcar todas las cuestiones de potencial relevancia en el marco del trabajo cotidiano. Por lo tanto, existen otras medidas orientadas a evitar el incumplimiento de la ley. Ellas incluyen la designación de una persona encargada en la empresa („encargado del cumplimiento normativo“), que asesora a los empleados en todas las cuestiones relevantes y está a disposición como interlocutora en caso de dudas legales relacionadas con su propio comportamiento o si hay indicios de la presencia de procesos de dudosa legalidad en su entorno de trabajo. En caso de solicitud, la persona encargada otorgará un tratamiento confidencial a todas las situaciones notificadas.
La persona responsable del cumplimiento en KRAIBURG está a disposición de todos los empleados para responder a preguntas sobre estas normas de conducta y cuestiones específicas. Se puede contactar con el Responsable de Cumplimiento por correo electrónico en compliance@kraiburg.com o por teléfono en el +49 8638 61 222.
Los incidentes pueden notificarse de forma anónima a través del sistema interno de denuncia de irregularidades de KRAIBURG basado en la web (disponible en www.kraiburg.de o en los respectivos sitios web de las distintas filiales), por teléfono en el +49 8638 61 444, por correo electrónico (whistleblowing@kraiburg.com) en una reunión personal o por correo postal a
KRAIBURG Holding SE & Co. KG
Compliance Department
Teplitzer Str. 20
DE-84478 Waldkraiburg
Ningún empleado sufrirá un perjuicio por una notificación realizada de buena fe.
Waldkraiburg, febrero de 2024
La Dirección de la Empresa, KRAIBURG Holding SE & Co. KG
Dr. Adolf Zellner Franz Hinterecker Martin Klinger
Los nombres apelativos masculinos incluidos a continuación hacen referencia en su designación a seres de uno y otro sexo.
I. PROHIBICIONES DEL DERECHO PENAL
Nuestros empleados están obligados a respetar las prohibiciones del derecho penal y a actuar en consecuencia. Esto redunda tanto en el interés de KRAIBURG como en el propio interés de cada uno de los empleados.
La violación de la normativa en cuestión puede conducir en un caso particular no solo a la condena penal del empleado implicado, sino también —si se trata de delitos vinculados a la empresa— a la imposición de importantes multas contra KRAIBURG, así como a un daño significativo en su reputación ante los clientes, los proveedores y la opinión pública.
Las directrices internas de la empresa ayudan a nuestros empleados a distinguir entre un comportamiento punible y uno no punible en los ámbitos relevantes para nuestro trabajo cotidiano. En particular:
1. Legislación penal en materia de corrupción
La legislación penal de Alemania (y la de otros países) impone sanciones a la corrupción dentro del sector privado, así como por parte de funcionarios públicos o frente a ellos. KRAIBURG no tolera ninguna acción que pueda generar siquiera una apariencia de corrupción.
Por lo tanto, en el marco de las transacciones comerciales, los empleados de KRAIBURG no solicitarán, recibirán ni aceptarán la promesa de ninguna ventaja o beneficio para sí o para un tercero si como contraprestación surge un favorecimiento concreto en la situación de competencia (corrupción pasiva). De manera inversa, también está prohibido ofrecer, prometer u otorgar esa ventaja (corrupción activa). Esto se aplica, sobre todo, en relación con los funcionarios públicos en el contexto de su actividad laboral, siempre que no exista una autorización jurídicamente válida del superior jerárquico.
No resulta punible el otorgamiento o la recepción de ventajas o beneficios habituales y, por ende, socialmente aceptados. En el caso de KRAIBURG, se ha impuesto un límite de 60 € para dichas ventajas. La recepción o el otorgamiento de ventajas superiores a ese valor requieren una autorización previa por parte del encargado del cumplimiento normativo o la Dirección de la Empresa. Para que la autorización pueda ser concedida, se debe descartar cualquier vínculo entre esa ventaja y un favorecimiento concreto. En el caso de aquellas ventajas que han de otorgarse a funcionarios públicos, siempre debe intervenir anteriormente el encargado del cumplimiento normativo.
2. Otros delitos de carácter económico
a) Fraude en licitaciones
Si un contrato se adjudica sobre la base de una licitación formal, KRAIBURG no realizará acuerdos ni convenios con otros participantes a la hora de presentar sus ofertas. El acuerdo en la presentación de ofertas constituye un delito punible, independientemente de si las licitaciones son públicas o restringidas, y más allá de si el proceso de adjudicación se desarrolla en el ámbito público o privado.
b) Fraude y abuso de confianza
En el marco de la comunicación legal no se debe inducir a engaño a ningún socio de KRAIBURG respecto a hechos que resulten de interés manifiesto para las decisiones económicas o comerciales. Si los empleados de nuestra entidad efectúan ante los clientes una declaración relacionada con determinados hechos, su contenido debe ajustarse a la verdad.
La Dirección de la Empresa y los empleados de nuestra entidad deben representar los intereses económicos de KRAIBURG de la mejor manera posible. Por lo tanto, no les está permitido utilizar el patrimonio de KRAIBURG ni comprometer a KRAIBURG frente a terceros si a la respectiva utilización o compromiso no se contrapone una prestación económicamente equivalente del cliente. Por lo tanto, la concesión de rebajas, bonificaciones y descuentos a clientes solo se podrá realizar dentro de los márgenes admitidos por la Dirección de la Empresa. Para otorgar rebajas u otros beneficios más amplios a empresas clientes en casos particulares, es necesario efectuar una consulta previa con el superior responsable.
c) Pago de impuestos/Aranceles aduaneros
KRAIBURG elabora sus declaraciones fiscales con datos veraces. Todas las mercancías sujetas a aranceles son presentadas en su debida forma por los empleados para el despacho aduanero.
II. LEGISLACIÓN ANTIMONOPOLIO
La competencia y la economía de mercado son elementos necesarios en una sociedad libre, cuya salvaguardia y protección sirve a los intereses de nuestra empresa. La normativa de la legislación antimonopolio debe ser respetada bajo cualquier circunstancia por la Dirección de la Empresa y por los empleados que están en contacto con competidores, clientes u otros socios comerciales.
La violación de las prohibiciones establecidas por la legislación antimonopolio puede dar lugar a graves sanciones contra KRAIBURG. Las autoridades pertinentes ya han impuesto enormes multas a distintas compañías que incumplieron la normativa vigente y, por ende, se vieron obligadas a pagar hasta el 10% de las ventas (anuales) del grupo empresarial. A ello se suman las indemnizaciones por daños a clientes/proveedores. En Alemania, los empleados involucrados pueden ser multados con importes significativos. En los EE.UU. y en algunos países europeos, también es posible que se apliquen penas de cárcel.
1. Acuerdos restrictivos entre competidores
Por regla general, los acuerdos interempresariales restrictivos de la competencia resultan incompatibles con la legislación antimonopolio y están prohibidos. El concepto "acuerdo" es muy amplio; incluye comportamientos coordinados de manera informal y el mero intercambio de información. Entre los principales acuerdos restrictivos de la competencia, se pueden mencionar los siguientes:
- Concertación de precios, aumentos y otros parámetros (rebajas, descuentos, plazos para los pagos, etc.) con empresas que compiten con KRAIBURG
- Convenios entre competidores para determinar el volumen de suministro o las cantidades de referencia
- Reparto de mercados, especialmente la asignación recíproca de territorios de ventas y la diferenciación de variedades o grupos de productos
- Cláusulas inhibitorias, que prohíben a una empresa abastecer a los clientes de un competidor
- Intercambio de información secreta (por ejemplo: cifras de ventas, precios, estrategias, datos de clientes, datos de participación en el mercado)
Si la cooperación económica entre competidores proporciona ventajas para la población en general, bajo estrictas condiciones puede quedar eximida de la prohibición definida en la legislación antimonopolio. Entre otros casos, cabe mencionar aquí las comunidades establecidas para actividades de compra, investigación y desarrollo, y producción, así como los acuerdos sobre normas/estándares técnicos.
2. Acuerdos con clientes o proveedoresTambién puede haber acuerdos con clientes o proveedores que estén prohibidos por la legislación antimonopolio. Además del riesgo de multa antes mencionado, existe el peligro de que los acuerdos de compra y venta contrarios a la normativa sean nulos e inaplicables. Cabe destacar, en particular, los siguientes casos:
- Obligación del cliente a seguir vendiendo a un precio mínimo o fijo
- Acuerdos de compra exclusiva, que obligan a un cliente a cubrir toda la demanda de un producto con un determinado proveedor
- Asignación exclusiva de territorios de ventas
- Acuerdos con proveedores o clientes para no abastecer a ciertas empresas mencionadas específicamente o para no adquirir determinados productos provistos por ellas
3. Abuso de una posición dominante en el mercado
Las empresas con una posición fuerte o dominante en un determinado mercado no deben aprovecharse de ella en detrimento de sus competidores, clientes o proveedores (a menos que, como excepción, eso esté justificado objetivamente). Por lo general, existe un dominio del mercado a partir de una participación de 33%-40% (en los casos particulares, puede ser difícil realizar una delimitación correcta). Se registra un abuso, por ejemplo, en las siguientes situaciones:
- Trato desigual a clientes o proveedores similares
- Denegación de suministro (por ejemplo, restricción de clientes)
- Exigencia de precios de venta excesivamente altos
- Oferta de mercancías a precios predatorios (por debajo de los costes)
- Otorgamiento de los denominados descuentos de fidelidad, que recompensan al cliente que concentra sus compras en un proveedor dominante del mercado
III. OTRAS DISPOSICIONES LEGALES
KRAIBURG y sus empleados cumplen todas las demás disposiciones legales y normas éticas pertinentes. A continuación se ofrece un resumen sobre algunos temas importantes.
1. Cumplimiento de normas de salud y seguridad en el trabajo
Los empleados de KRAIBURG están siempre obligados a abogar por un entorno laboral seguro y saludable. Se debe respetar de manera estricta la normativa vigente en materia de salud y seguridad en el trabajo. Cualquier deficiencia en tal sentido debe ser notificada a los superiores jerárquicos y debe ser subsanada de inmediato.
2. Protección del medio ambiente y de los animales
KRAIBURG realiza su actividad empresarial con un criterio ecológico y sostenible. Por lo tanto, todos los empleados están obligados a proteger el suelo, el agua, el aire, la diversidad biológica y los cultivos. Se deben adoptar medidas adecuadas, que se ajusten a la normativa legal y eviten daños ambientales. Los daños ambientales generados deben ser notificados a los superiores jerárquicos y deben ser subsanados de inmediato. Asimismo, se han de respetar todas las disposiciones orientadas a la protección de los animales.
3. Seguridad del producto, seguridad vial y protección del usuario
KRAIBURG desarrolla productos de máxima calidad, que cumplen los requisitos vigentes en materia legal y de seguridad. Nuestros productos son evaluados y controlados mediante sistemas de gestión de calidad, que garantizan, por un lado, la incorporación de los últimos avances de la ciencia y la tecnología y, por el otro, el cumplimiento de las normas y especificaciones pertinentes. Esto incluye particularmente los productos destinados a usos delicados en el ámbito de la seguridad vial.
KRAIBURG asume la responsabilidad de identificar, notificar y subsanar los posibles problemas de seguridad. En caso necesario, notificaremos las deficiencias a las autoridades responsables y adoptaremos todas las medidas requeridas para garantizar la seguridad de nuestros productos y la protección de los usuarios.
4. Igualdad de oportunidades, no discriminación y trato respetuoso
Todos los empleados de KRAIBURG tratarán con respeto e integridad a todas las personas, particularmente a aquellas con diferentes orígenes y experiencias. No se tolerará ninguna discriminación por razones de origen étnico, género, religión, ideología, discapacidad, edad o identidad sexual. KRAIBURG reivindica una cultura empresarial íntegra, tolerante y abierta al mundo.
KRAIBURG otorga asimismo un apoyo incondicional a la protección de los derechos humanos. Nuestra empresa no trabajará de manera conjunta con las empresas que no respeten estos principios (y que, por ejemplo, exploten a trabajadores, jóvenes o niños).
5. Confidencialidad y protección de datos
Nuestra empresa posee patentes y conocimientos técnicos de gran valor. Todos los empleados se comprometen a tratar de forma confidencial ese tipo de información, así como los demás secretos comerciales y empresariales. También está sujeta a esta obligación la información cuya confidencialidad resulta de interés para nuestros socios contractuales y clientes; dichos datos no deben ser transmitidos a terceros sin la correspondiente autorización.
Siempre se deben respetar los principios legales orientados a la protección de todos los datos personales. Esta obligación sigue siendo válida tras la finalización de una relación laboral concreta.
6. Prohibición del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
KRAIBURG respeta las leyes vigentes contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Existe blanqueo de capitales cuando el dinero proveniente directa o indirectamente de una actividad delictiva u otros activos se incorporan al circuito económico legal para ocultar su verdadero origen. A su vez, la financiación del terrorismo es el apoyo financiero o de otro tipo que se proporciona a organizaciones terroristas. Por lo tanto, KRAIBURG siempre verifica la identidad de clientes, socios comerciales y terceras partes. En nuestra empresa, los flujos de pago son abiertos y transparentes.
IV. LÍNEA DE AYUDA
La persona responsable del cumplimiento en KRAIBURG está a disposición de todos los empleados para responder a preguntas sobre estas normas de conducta y cuestiones específicas. Se puede contactar con el Responsable de Cumplimiento por correo electrónico en compliance@kraiburg.com o por teléfono en el +49 8638 61 222.
Los incidentes pueden notificarse de forma anónima a través del sistema interno de denuncia de irregularidades de KRAIBURG basado en la web (disponible en www.kraiburg.de o en los respectivos sitios web de las distintas filiales), por teléfono en el +49 8638 61 444, por correo electrónico (whistleblowing@kraiburg.com) en una reunión personal o por correo postal a
KRAIBURG Holding SE & Co. KG
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Ningún empleado sufrirá un perjuicio por una notificación realizada de buena fe.
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